Fabio Balbuena

  • Inicio
  • Abogados
  • Administración Fincas
  • Blog
  • Descargas
  • Coronavirus
  • Contacto

24 mayo, 2011 By Fabio Balbuena Deja un comentario

Ley Valenciana de Custodia Compartida

Es una buena noticia para todos los Abogados de Familia la reciente aprobación de la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana, de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven.
La novedad fundamental es que establece como regla general la custodia compartida de los hijos menores en los casos de cese de la convivencia. 
Así, en su artículo 5.1, se contempla que como regla general la autoridad judicial atribuirá a ambos progenitores, de manera compartida, el régimen de convivencia con los hijos e hijas menores de edad.
Además, para ello no será obstáculo la oposición de uno de los progenitores o las malas relaciones entre ellos.  
Con esta ley se accede a una creciente demanda de nuestra sociedad en los casos de crisis familiar. Se pretende así hacer compatible el principio de interés superior del menor en los casos de ruptura y cese de la convivencia de los padres con el principio de igualdad de ambos progenitores, y con el derecho de los hijos a estar con ambos padres, ya proclamado por la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990.

Aún es pronto (la ley entró en vigor el 5 de mayo) para valorar la aplicación de esta ley, pero a buen seguro se conseguirá poco a poco preservar el derecho de los hijos a mantener una relación equilibrada y continuada con ambos progenitores y, por otro, el derecho-deber de sus padres de garantizar la mejor crianza y educación posible para sus hijos. 

Publicado en: Uncategorized

19 febrero, 2011 By Fabio Balbuena Deja un comentario

Secreto de las Comunicaciones y Derecho a la Intimidad del Trabajador


La Audiencia Nacional de Madrid ha declarado que:
 
un empresario puede acceder libremente al ordenador que haya proporcionado al trabajador para ver las comunicaciones que haya mantenido por correo electrónico
Considera el Tribunal que el empresario, aunque no haya prohibido el uso personal del ordenador por el trabajador, es decir, que use el ordenador para asuntos personales, puede sin previo aviso, y sin conocimiento del empleado, acceder al correo electrónico del mismo. Tampoco sería obstáculo para ello que la empresa no tuviera una política de seguridad de datos establecida.
La Audiencia se basa en que:
con el ordenador se ejecuta la prestación de trabajo, y por ello el empresario puede verificar en el ordenador su correcto funcionamiento

Con este criterio se exime al empresario de las acusaciones por vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones y del derecho a la intimidad. 

Ahora bien, una cosa es que el empresario pueda acceder al ordenador para verificar el correcto funcionamiento, y otra cosa es que se acceda indiscriminadamente a las comunicaciones personales del Trabajador, o lo que sería más grave, que se use incorrectamente la información. 
Es comprensible el interés de la empresa en que los ordenadores que ha proporcionado al trabajador para que desarrolle su trabajo funcionen adecuadamente, pero también es importante preservar o proteger el derecho a la intimidad de ese mismo trabajador, y por tanto respetar el derecho al secreto de las comunicaciones personales. 

Una cosa es que el empresario no vulnere tales derechos con el acceso al ordenador del trabajador, y otra cosa es otorgar carta de naturaleza a la posibilidad de que el empresario acceda a toda la información, incluso la personal, que pueda existir en la computadora.

Para evitar conflictos, sería deseable que la empresa estableciera con claridad los límites, tratando de conjugar los derechos de la empresa con los derechos del trabajador, dentro de un marco de máxima responsabilidad y confianza mutua.




Publicado en: Uncategorized

30 noviembre, 2010 By Fabio Balbuena Deja un comentario

Lex Net

El Ministro de Justicia Caamaño participará el próximo jueves 2 de diciembre en una Conferencia para explicar los avances en el proceso de modernización de la Justicia española.

Hace más de un año que se aprobó el Plan Estratégico de Modernización de la Justicia 2009-2012, con el fin de transformar este servicio público adaptándolo a las necesidades de la sociedad española actual. Por el momento, ya se ha puesto en marcha la Nueva Oficina Judicial en las ciudades de Burgos y Murcia y está fijado un intenso calendario de despliegue e implantación en el resto de España.

La modernización pasa por la implantación de las nuevas tecnologías. Por ejemplo, el sistema LEXNET permite el intercambio de información entre los órganos judiciales y los agentes procesales.

Con ello se facilita la iniciación de los procedimientos desde el despacho profesional, mediante firma electrónica, enviando los documentos escaneados.

La modificación legal permite ahora la válida presentación de documentos públicos y privados por medios telemáticos, en soporte electrónico, mediante imágenes digitalizadas.

El sistema es fácilmente entendible y utilizable sin necesidad de tener grandes conocimientos informáticos. El equipamiento necesario es muy básico: un ordenador personal con acceso a Internet y un escáner que permita digitalizar los documentos a enviar.

Así, Abogados y Procuradores pueden iniciar los procedimientos presentando los escritos al órgano judicial por vía telemática, y consultar las notificaciones que les envía el mismo. El gran avance es la agilidad en las comunicaciones, y la posibilidad de realizar las mismas desde cualquier lugar a través de Internet. La seguridad está garantizada porque las comunicaciones son cifradas.

Además de Abogados y Procuradores, está prevista la incorporación de otros profesionales a este sistema de comunicación, tales como Registradores de la Propiedad, Notarios, etc.

En el futuro, también los propios ciudadanos podrán consultar el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean parte interesada, mediante la utilización del DNI electrónico, tal y como ya ocurre por ejemplo con la Agencia Tributaria.

Aún falta tiempo para que este sistema esté totalmente implantado y en todos los partidos judiciales, pero es indudable que la justicia tecnológica acabará por imponerse.

De hecho, en una encuesta realizada a partir de datos del Consejo General de la Abogacía, el 97 por ciento de los Abogados considera necesario que se siga invirtiendo en modernizar la profesión. En este sentido, se hace indispensable el uso del correo electrónico, el móvil e Internet de banda ancha.

 

Publicado en: Uncategorized

21 noviembre, 2010 By Fabio Balbuena Deja un comentario

Leyes y Normas

  Comentábamos la importancia de conocer las normas, pero como también observan todos los profesionales del Derecho, existe desde hace años un exceso de producción de normas, que hace imposible, incluso al más avezado de los juristas, conocer todo el abanico normativo en cualquier materia concreta. Si para un profesional es difícil, para el ciudadano medio es aún más complicado.

    Esto no beneficia a nadie, y además complica la labor de los profesionales a la hora de utilizar la normativa como instrumento de trabajo, asesorando al cliente, o en procedimientos judiciales.

    Existe una gran cantidad de normas, de forma que es imposible conocerlas todas. Además, la sensación que tienen los ciudadanos es que las leyes son incomprensibles, y por tanto es imposible cumplirlas todas.

    Sin ir más lejos, se ha revelado que el Gobierno tiene previsto aprobar 26 leyes antes del próximo verano.

    Hay tantas normas y sobre tantos aspectos de la vida, que ésta se complica de manera extraordinaria, cuando en realidad, las normas deberían facilitar la convivencia.

Publicado en: Uncategorized

3 noviembre, 2010 By Fabio Balbuena Deja un comentario

Conocer las normas

    Las estadísticas dicen que uno de cada dos españoles acudirá al menos una vez en su vida a un Abogado.

    El Derecho está presente en todos los aspectos de nuestra vida. De hecho, en la vida se puede comprar una casa, un coche, o un simple billete de autobús; firmar un contrato de trabajo, pagar impuestos… Todo está regulado por “normas“: desde las características que debe reunir un determinado producto para estar en el mercado, pasando por las normas de circulación, hasta las reglas que rigen un partido de fútbol.

    Por eso es importante conocer las normas. Por ejemplo, con la llegada del nuevo curso escolar el Instituto Nacional de Consumo aconsejó a las familias que prestaran atención al material escolar que iban a comprar. Porque tras una inspección se comprobó que más de la mitad de los productos analizados por el INC no cumplen la normativa. La mayoría presenta defectos en el etiquetado, pero a veces el riesgo está en la composición, por lo que hay que tener especial cuidado con ese material destinado a los menores de tres años. En este caso, el consejo es mirar siempre el etiquetado, que identifique la empresa fabricante y su domicilio social, y que posea el sello de homologación de la Unión Europea.

Publicado en: Uncategorized

  • « Página anterior
  • 1
  • 2
  • 3
  • Página siguiente »

Entradas recientes

  • La figura de los Administradores de Fincas en la nueva Ley por el derecho a la vivienda
  • Indemnización de perjuicios por la instalación de ascensor
  • Modificación de configuración de plaza de garaje
  • Limpieza de la comunidad
  • Comunidad de Propietarios y… ¿Nudismo?

Categorías

  • Abogacía
  • Abogado
  • Abogados
  • Abuelos y nietos
  • Abuso de derecho
  • Accesibilidad
  • Accidente común
  • Accidente de trabajo in itinere
  • Accidentes
  • Acción de Cesación
  • acciones
  • Acoso
  • Acta
  • Actividad probatoria
  • Acto de administración
  • Actos Propios
  • Acuerdo
  • Acuerdos
  • Acuerdos comunitarios
  • Administración
  • Administración de Fincas
  • Administrador de Fincas
  • Administradores de Fincas
  • Administradores de Fincas Colegiados
  • Administrativo
  • Afección real
  • Agencia de Protección de Datos
  • Agencia Valenciana para la Energía
  • Agente de Seguros
  • Alquiler
  • Alteración de elementos comunes
  • Alteración elementos comunes
  • Alto Tribunal
  • Ansiedad
  • Antenas Telefonía
  • Anulabilidad
  • Anulación de acuerdos
  • Aparatos de Aire Acondicionado
  • Apoderamiento especial
  • Arbitraje
  • Arrendador
  • Arrendadora
  • Arrendamientos Urbanos
  • Arrendataria
  • Arrendatario
  • Ascensor
  • Asesoramiento
  • Audiencia Previa
  • Audiencia Provincial
  • Autorización
  • Banca
  • Bancos
  • Beneficio industrial
  • Bienestar del Menor
  • Buena fe
  • Buzoneo
  • Cambio
  • Carga de la prueba
  • Causa de pedir
  • Certificación Energética
  • Certificado de deudas
  • Ciencia
  • Circulación
  • Citación a Junta
  • Ciudadanía
  • Ciudadanos
  • Civil
  • Civismo
  • Cláusulas abusivas
  • Cláusulas de exoneración
  • Cláusulas estatutarias
  • Cláusulas suelo
  • Coacciones
  • Código Civil
  • Código Penal
  • Colegiación
  • Colegiación obligatoria
  • Colegiado
  • Colegio de Administradores de Fincas
  • Colegios Profesionales
  • Complejo inmobiliario privado
  • Compraventa
  • Comunidad de Propietarios
  • Comunidad de Vecinos
  • Comunidades
  • Comunidades de Propietarios
  • Conciencia
  • Conducta humana
  • Confianza
  • Conflicto
  • Conflitividad
  • Consejo General
  • Consentimiento tácito
  • Conservación
  • Consignación
  • Constitución
  • Constitución Española
  • Construcción
  • Consumidor
  • Consumidores
  • Contrato
  • Contrato de Servicios
  • Contratos
  • Convocatoria
  • Cónyuge
  • Coronavirus
  • Correduría de Seguros
  • Cosa Juzgada
  • Creatividad
  • Cualificación profesional
  • Cuidado del hijo
  • Culpa
  • Cuotas de comunidad
  • Custodia
  • Custodia Compartida
  • Daño moral
  • Daños materiales
  • Daños personales
  • Daños y Perjuicios
  • Defecto subsanable
  • Defectos constructivos
  • Defensa
  • Defensor del Pueblo
  • Delito
  • Delito continuado
  • Delitos
  • Denuncia
  • Depósito
  • Derecho
  • Derecho a la intimidad
  • Derecho a la prueba
  • Derecho al honor
  • Derecho Civil
  • Derecho de defensa
  • Derecho de Familia
  • Derecho de Visita
  • Derecho de visitas
  • Derecho de voto
  • Derecho fundamental
  • Derecho Penal
  • Derecho procesal
  • Derecho Romano
  • Derechos
  • Derechos fundamentales
  • Derogación expresa
  • Derogación tácita
  • Desahucio
  • Desahucios
  • Descanso
  • Desequilibrio económico
  • Desistimiento
  • Deuda solidaria
  • Deudas
  • DGRN
  • Dignidad
  • Discapacitados
  • Disputa
  • Diversión
  • Divorcio
  • Doctrina
  • Doctrina jurisprudencial
  • Edificio
  • Edificios
  • Educación
  • Eficiencia Energética
  • Elementos comunes
  • Enervación
  • Enriquecimiento injusto
  • Equipo Psicosocial
  • Error de prohibición
  • Esperanza
  • Estafa Procesal
  • Estatutos
  • Estética
  • Estrés
  • Estrés postvacacional
  • Ética
  • Excepción
  • Excusa absolutoria
  • Eximente
  • Fachada
  • Falsedad documental
  • Faltas
  • Familia
  • Felicidad
  • Fiestas
  • Filosofía
  • Folletos publicitarios
  • Fondo de Reserva
  • Formación
  • Fundamentos de Derecho
  • Garajes Privados
  • Garantías
  • Gestión de cobro
  • Guarda y Custodia
  • Guarda y custodia compartida
  • Hijos
  • Hipotecas
  • Humanidad
  • Humor
  • Igualdad
  • Impugnación de Acuerdos
  • In dubio por reo
  • Incendio
  • Indefensión
  • Indemnización
  • Informe de cuentas
  • Infracción administrativa
  • Infracción de ley
  • Infracción procesal
  • Infraestructura Telecomunicaciones
  • Injusticias
  • Inmobiliario
  • Inmuebles
  • INSS
  • Instrusismo
  • interés del dinero
  • Interés del menor
  • Interés superior del menor
  • intereses de demora
  • Intrusismo
  • Irregularidad procesal
  • IVA
  • Jueces
  • Juez
  • Juicio
  • Juicio oral
  • Juicios de Faltas
  • Junta
  • Junta de Propietarios
  • Junta Extraordinaria
  • Junta Ordinaria
  • Juntas de Propietarios
  • Jurídico
  • Jurisprudencia
  • Justicia
  • Justicia gratuita
  • Kant
  • LAU
  • Legitimación
  • Lesiones
  • Lesivo
  • Ley
  • Ley de Perls
  • Ley de Propiedad Horizontal
  • Ley de Servicios Profesionales
  • Libertad
  • Libertades Públicas
  • Litigio
  • Litisconsorcio pasivo necesario
  • Locales comerciales
  • Madre
  • Mala fe
  • Mantenimientos
  • Matrimonio
  • Mayoría
  • Mediación
  • Mediador
  • Meditación
  • Mejoras
  • Menores
  • Mera tolerancia
  • Mercantil
  • Mobbing
  • Monitorio
  • Moral
  • Morosidad
  • Morosos
  • Mutua
  • Negligencia
  • Normas
  • Normas de Convivencia
  • Normas de régimen interior
  • Normativa
  • Nulidad
  • Nulidad de actuaciones
  • Nulidad de acuerdos
  • Nulidad de junta
  • Obligación de prestar alimentos
  • Obligaciones
  • Obras
  • ONG
  • Optimismo
  • Orden del día
  • Órganos jurisdiccionales
  • Pacta sunt servanda
  • Pago
  • Pareja de Hecho
  • Patria Potestad
  • Pena
  • Pensión alimenticia
  • Pensión compensatoria
  • Perelman
  • Perjudicial
  • Plazo
  • Pleito
  • Políticos
  • Precario
  • Prescripción
  • Presidente
  • Presunción de inocencia
  • Principios generales del derecho
  • Prisión
  • Privación de voto
  • Procesal
  • Proceso
  • Proceso penal
  • Productividad
  • Profesional
  • Profesionales
  • Progenitores
  • Prohibición de uso de elementos comunes
  • Propiedad Horizontal
  • Propiedad Horizontal Tumbada
  • Propietario
  • Protección de Datos
  • Proudhon
  • Prueba
  • Prueba circunstancial
  • Prueba de cargo
  • Prueba ilícita
  • Prueba indiciaria
  • Prueba indirecta
  • Prueba nula
  • Prueba prohibida
  • Psicología
  • Psicología positiva
  • Publicidad
  • Quebrantamiento de condena
  • Racionalidad
  • Rawls
  • Real Academia de la Lengua Española
  • Recomendaciones
  • Recurso per saltum
  • Régimen de visitas
  • Régimen sancionador
  • Registros de morosos
  • Rehabilitación
  • Reinserción social
  • Relajación
  • Religiones
  • Renuncia de derechos
  • Reparación íntegra
  • Reparaciones
  • Resolución
  • Respeto
  • Responsabilidad
  • Responsabilidad Civil
  • Responsabilidad Civil Extracontractual
  • Riesgo
  • Sabiduría
  • Sanción
  • Secretario
  • Seguridad
  • Seguridad Ciudadana
  • Seguridad vial
  • Seguro
  • Seguro de Responsabilidad Civil
  • Seguros
  • Sentencias
  • Sentido común
  • Sentido del humor
  • Separación
  • Silencio
  • Síndrome de Alienación Parental
  • Siniestros
  • Sobreseimiento
  • Sociedad
  • Sociedad de Gananciales
  • Solidaridad
  • Subcomunidades
  • Subsuelo
  • Superación
  • Tasas
  • Titulación
  • Título constitutivo
  • Toldos
  • Tolerancia cero
  • trabajador
  • Trabajo
  • Tráfico
  • Transparencia
  • Tribunal
  • Tribunal Constitucional
  • Tribunal Supremo
  • Tribunales
  • Ulpiano
  • Unanimidad
  • Uncategorized
  • Urbanización
  • Urbanizaciones
  • Vacaciones
  • Valoración de la prueba
  • Valores
  • Vecindad
  • Vecino
  • Vecinos
  • Vejez
  • Venta
  • Verano
  • Vicios constructivos
  • Violencia de género
  • Virtud
  • Vivienda
  • Viviendas
  • Votar
  • Vuelo
  • Vulneración del derecho

Fabio Balbuena

Plaza Rosa Giner, 5-bajo
12600 La Vall d’Uixó (Castellón)
Teléfono: 964.66.16.12
Móvil: 675.683.589 (también WhatsApp).
Fax: 964.69.66.56
info@fabiobalbuena.com

Protección de datos

  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies

También estamos en:

  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

Copyright © 2025 · Fabio Balbuena · Página web en wordpress y hosting por Honesting.es · Acceder